El Ayuntamiento asegura que la ordenanza de ruido se ajusta a las leyes y vela por el derecho al descanso

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El delegado de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla, Maximiliano Vílchez, ha asegurado hoy que la nuevo Ordenanza municipal contra la Contaminación Acústica, Ruidos y Vibraciones “se ajusta a las leyes andaluzas y vela por el derecho al descanso de los ciudadanos”.

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En este sentido, ha lamentado que “PSOE e IU traten de confundir a los ciudadanos” con esta ordenanza, que

“no pueden decir que se haya hecho de espaldas de los vecinos, porque en el proceso de elaboración de los borradores de trabajo se han mantenido varias reuniones con la Plataforma de Ciudadanos contra el Ruido, Asociación de Juristas contra el Ruido, el Colegios de Administradores de Fincas, diversas asociaciones vecinales  como la de la Plaza del Salvador, Huerta de la Salud, Plaza de Armas, entre otros, que han aportado sugerencias verbales o por escrito que han sido tenidas en cuenta a la hora de elaborar el borrador”.

Por tanto, Vílchez ha negado que no se haya buscado el consenso en esta ordenanza y ha garantizado que “igualmente se tendrán en cuenta todas aquellas alegaciones que sean presentadas”. Según ha precisado “en lo que va de año 2013 se han impuesto 328 sanciones firmes sobre un total de 587 denuncias”.

De otro lado, ha confiado en que “no les parezca mal también la propuesta de que las actividades emisoras de ruido dispongan, además de controladores del ruido, de un centro de transmisión de datos a tiempo real que remita la información al Consistorio, así como sanciones que van desde los 300 a los 300.000 euros, ya que eso es una facultad que el Decreto 6/2012 deja a los ayuntamientos y que el PSOE preveía en la Ordenanza vigente que data de 2001, aunque no lo haya puesto en marcha en todos sus años de gobierno pese a que en todas aquellas localidades donde se ha implantado ha mostrado su utilidad (Granada, Jaén, Benidorm, Huelva, Málaga). En cuanto al importe de las sanciones, ha precisado que viene fijado por la normativa autonómica.

En cuanto a los veladores, ha considerado “hipócrita o de estas mal asesorado” la postura de Espadas, ya que

“no son considerados, ni se les menciona, emisores acústicos en el Decreto 6/2012 de la Junta de Andalucía, al igual que no son considerados, ni se les menciona, como tales en la ley del Ruido de 2003 y que no se recogían como emisores en la actual ordenanza de tiempos del PSOE que viene de 2001 y fue revisada en el 2006 ni en la  Ordenanza de Veladores del PSOE de 2009”.

De igual modo, ha aclarado que “es falso que se permita megafonía a los establecimientos, ni es cierto que los aires acondicionados no estén regulados, puesto que se regulan las instalaciones, todas, de las actividades y sus límites de emisión”.

Con respecto a las Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS), el delegado de Medio Ambiente ha explicado que

“no se reducen las exigencias puesto que suspende la concesión de nuevas licencias de hostelería o la ampliación de las vigentes desde el mismo momento en que se inicia el expediente”.

Esta ordenanza, que no se revisaba desde el año 2006, vela por el descanso de los vecinos, al igual que ha hecho la ordenanza de veladores, que ha respetado los horarios de descanso incluso disminuyendo en una hora el tiempo de estancia de los veladores en la calle”, ha agregado Maximiliano Vílchez.

Además, ha insistido en que

“esta ordenanza introduce mejoras respecto a la que está actualmente en vigor, puesto que, entre otros aspectos, se potencia el papel de la Policía Local al permitirles denunciar, suspender o clausurar las actividades molestas, cuando antes para ello tenían que contar necesariamente con el soporte de una medida de sonómetro y ahora se deja a la evidencia de la intolerabilidad de los niveles de ruido”.

“Lo que queremos es mejorar sustancialmente la normativa actual para velar por el derecho al descanso”, reitera el delegado del ramo, quien ha añadido que “en cuanto a las atribuciones de la Policía Local no pueden ignorar que ya lo vienen ejerciendo de manera cotidiana y sin controversia aplicando la Ordenanza actualmente vigente, la Ley andaluza 7/2006 (Ley Antibotellón) y el Decreto 165/2003 Reglamento de Inspección Control y Régimen sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, por los que los agentes de la Policía Local precintan actividades cuando infringen la norma sin necesidad del auxilio de los inspectores de Medio Ambiente”.

R.N.

 

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