Condena de dos años y medio de cárcel para Ortega Cano

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El Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla ha condenado al extorero y ganadero por el accidente de tráfico mortal ocurrido el pasado 28 de mayo de 2011 en el que resultó fallecido Carlos Parra, vecino de Castilblanco de los Arroyos.

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La sentencia, que ha sido notificada este miércoles sin la presencia de Ortega Cano en la sala, se eleva a la condena de prisión de dos años, seis meses y un día. El dictamen realizado por la juez Sagrario Romero es, de esta forma, menor a la petición hecha en un principio por la Fiscalía y la acusación particular que ejerce la familia de la víctima, que pedían un total de cuatro años de cárcel para el exmatador.

Por su parte, el abogado defensor de Ortega Cano solicitaba la libre absolución al entender «nula de pleno derecho» la prueba de alcoholemia en la que su cliente arrojó un resultado de 1,26 de gramos de alcohol por litro en sangre, ya que considera que se rompió la cadena de custodia en el Hospital Virgen Macarena donde fue ingresado tras el siniestro.

Por este motivo, la defensa recurrirá la sentencia, tal y como aseguraba a los medios el propio letrado defensor del ganadero, Enrique Trebolle, al salir de los juzgados: “Es una sentencia con la que no podemos estar de acuerdo de ninguna manera. El núcleo gordiano -del proceso- ha quedado anulado”, sostenía Trebolle.

Una apelación que también llegará por parte de la familia de la víctima, en tanto que esta, tal y como afirmaron sus abogados, Luis Romero y Andrés Avelino Romero, a la salida de los juzgados, no está de acuerdo con que la juez haya pasado por alto la prueba de alcoholemia: “Nos disgusta que la juez no haya apreciado el delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol, además de sostener que los testigos no han dejado acreditada su conducción –la de Ortega Cano- bajo los efectos del alcohol”, expresaban los letrados, que, por otro lado, quedan satisfechos por que la sentencia implique la cárcel: “A la familia no le ha cogido por sorpresa la condena, pero vamos a recurrir porque tenemos bastante claro que iba bebido. Ha quedado claro que ha sido un homicidio imprudente y que Ortega Cano condujo de una forma totalmente irregular y anómala”.

R.N.

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